Coordinación de actividades empresariales
El papeleo que decide si sus operarios entran o no entran a la obra. Lo preparamos y lo mantenemos al día por usted.
Qué obliga el Real Decreto 171/2004
Cuando en un mismo centro de trabajo coinciden trabajadores de varias empresas, todas tienen que cooperar entre sí, informarse de los riesgos que aportan y coordinarse. La empresa titular del centro tiene deberes añadidos, y la principal —la que contrata la obra o servicio de su propia actividad— también.
En la práctica esto se traduce en un intercambio de documentación que hay que tener listo antes de pisar el centro, y actualizado mientras se trabaje en él.

La documentación que le van a pedir
- Evaluación de riesgos de los trabajos que va a realizar allí.
- Certificados de formación en PRL de cada trabajador que entra.
- Aptitudes médicas en vigor de esos trabajadores.
- Justificante de entrega de equipos de protección individual.
- Certificados de maquinaria y equipos que lleve al centro.
- Documentación de alta y cotización en la Seguridad Social.
- Seguro de responsabilidad civil y, en obra, adhesión al plan de seguridad y salud.
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que coordinar, el titular de la obra o yo?
Los deberes se reparten: el empresario titular informa de los riesgos del centro y da instrucciones; el principal vigila el cumplimiento de sus contratistas; y cada empresa concurrente informa de los riesgos que aporta y cumple las instrucciones recibidas. Todos tienen obligaciones, no solo uno.
¿Sirve cualquier plataforma de gestión documental?
Las plataformas son la forma en la que muchas empresas grandes gestionan estos documentos. Nosotros trabajamos con la que use su cliente: la plataforma es el canal, no la obligación.
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